26 Oct Fallo CSJN. Acceso a la Información Pública y Secreto Fiscal
Acceso a la información pública y secreto fiscal: la Corte reafirma la reserva de los datos impositivos frente a pedidos de transparencia
En el caso “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (23/10/2025) resolvió que los datos relativos a los beneficios fiscales otorgados a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Ley 27.264) se encuentran amparados por el secreto fiscal del artículo 101 de la Ley 11.683, y por lo tanto excluidos del derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 27.275.
La ONG ACIJ había solicitado a la AFIP que identificara a los beneficiarios y los montos individuales de los beneficios fiscales aplicados. Ante la negativa del organismo recaudador —fundada en el secreto fisca —, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) había ordenado brindar esos datos, lo que fue convalidado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
Sin embargo, la Corte revocó esa decisión, sosteniendo que:
• El artículo 101 protege no solo las declaraciones juradas sino también cualquier documento que revele información patrimonial o económica del contribuyente.
• La propia ley establece expresamente que la información amparada por el secreto fiscal “se encuentra excluida del derecho de acceso a la información pública”.
• La ponderación entre transparencia y secreto fiscal no puede ser realizada por la AAIP ni por los jueces, sino que es una cuestión de política legislativa reservada al Congreso.
En consecuencia, la AFIP no está obligada a divulgar la identidad ni los montos de los beneficiarios de los regímenes impositivos especiales, ni siquiera de modo disociado, reafirmando la preeminencia del principio de legalidad y la reserva fiscal frente a los intereses de transparencia pública