22 May Resumen de medios 22-05-19
IPROFESIONAL
La AFIP corrige las valuaciones de los automotores para Bienes Personales
La AFIP actualizó las valuaciones de los automotores, camiones y motocicletas que deben usarse para la declaración de Bienes Personales 2018.
EL ECONOMISTA
Críticas a la resolución de la AFIP sobre la renta financiera
Por medio de la resolución 4488/19, la AFIP resolvió ayer que los que deban cancelar el impuesto a la renta financiera y no hayan superado los $ 200.000 de ganancias brutas en 2018 podrán pagar a través de un procedimiento simplificado.
AMBITO FINANCIERO
Renta Financiera: AFIP no posterga (por ahora) plazos
Profesionales de las ciencias económicas y tributaristas consideraron “ideal” y “necesario” que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergue los plazos para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a la Renta Financiera y los tributos a las Ganancias y Bienes Personales. Pero fuentes del organismo descartaron por el momento que se analice tomar esa medida.
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL
En la causa “Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN-M Defensa-Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” la Corte Suprema resolvió por unanimidad que las sumas pagadas al personal en actividad del Ejército Argentino por los suplementos “por responsabilidad jerárquica” y “por administración de material”, creados por el decreto 1305/2012 -y sus modificatorios-, deben considerarse remunerativas y bonificables y, en consecuencia, incorporarse al “sueldo” de ese personal.
EL CRONISTA
Gastronómicos cerró 43%: 15% de revisión por 2018 y 28% para 2019
La suba para este año será de 10% en junio, 15% octubre y 3% en febrero de 2020, con cláusula de revisión en marzo de 2020. Es un acuerdo a 10 meses
A.F.I.P.
Impuesto cedular: Nuevo procedimiento simplificado para presentar el tributo
Las personas humanas y las sucesiones indivisas que se encuentren obligadas a presentar la determinación anual e ingreso del impuesto cedular podrán generar un volante electrónico de pago (VEP) sin la necesidad de presentar una declaración jurada, siempre que no se encuentren inscriptos en dicho impuesto y sus rentas financieras totales no superen en el período a declarar los $200.000.